Locales Escuchar artículo

Qué es la “Ley Joaquín” que  aprobó el Honorable Concejo Deliberante

Qué es la “Ley Joaquín” que  aprobó el Honorable Concejo Deliberante

Qué es la “Ley Joaquín” que  aprobó el Honorable Concejo Deliberante

Qué es la “Ley Joaquín” que  aprobó el Honorable Concejo Deliberante

En su última sesión, el Honorable Concejo Deliberante de General La Madrid aprobó por unanimidad la adhesión a la “Ley Joaquín”. Esta norma que establece medidas de seguridad obligatorias para prevenir accidentes en espacios recreativos. Para entrar en vigencia, primero la provincia de Buenos Aires debe reglamentarla.

La legislación exige que los arcos deportivos, aros de básquet y juegos infantiles estén correctamente anclados, mantenidos y controlados.

La "Ley Joaquín" establece la obligatoriedad de medidas de seguridad para la instalación, sujeción y mantenimiento de arcos deportivos de fútbol, hockey, handball y rugby, aros de básquet, postes de red de vóley, juegos de plaza y cualquier otro elemento con fines recreativos o deportivos, en establecimientos públicos y privados.

La norma fue sancionada por la legislatura bonaerense a mediados del mes de juli. La iniciativa surgió a raíz de la muerte de Joaquín Stefano Gatto, un chico de 12 años de La Matanza que en enero, durante un viaje de exploradores a Junín de los Andes, murió luego de que un arco de fútbol sin fijación al suelo le cayera encima y lo golpeara en el tórax. 

La ley, ya promulgada, establece que los establecimientos alcanzados deberán implementar sistemas de sujeción, anclaje o contrapeso para arcos de más de 20 kilogramos, contrapesos en aros de básquet con pie, protectores acolchonados para pisos, columnas y paredes, y toda otra recomendación que efectúen profesionales en la materia. Los controles deberán estar a cargo de profesionales matriculados, quienes extenderán la habilitación correspondiente y estarán exentos de gravámenes por esa tarea, cobrando el honorario mínimo. Las instituciones, por su parte, deberán exhibir el certificado de manera continua y accesible.

La norma otorga un plazo de un año, contado desde su reglamentación, para que las instituciones adecuen sus instalaciones, con posibilidad de una única prórroga por igual período. 
También dispone que las compañías de seguros deberán exigir el cumplimiento de estas medidas al momento de extender la cobertura a los establecimientos.

 

Comentarios
Volver arriba